LEY 1715 DEL 2014


Tiene como objeto promover el desarrollo y el uso de fuentes no convencionales de energía, principalmente aquellas de carácter renovable, en el sistema energético nacional.
El desarrollo económico sostenible nace como objetivo de impulsar el uso de recursos naturales en pro de reducir la emisión de gases de efecto invernadero e impulsar la seguridad del abastecimiento energético.


INCENTIVOS DEL ESTADO – BENEFICIOS ECONÓMICOS

Deducción especial en la determinación del impuesto sobre la renta. Depreciación acelerada Exclusión de bienes y servicios del IVA Exención de gravámenes arancelarios




El gobierno nacional, y el resto de administraciones públicas, en un término no superior a un año, a partir del 1 de junio de 2019, realizaran la auditoria energética de sus instalaciones y establecerán objetivos de ahorro de energía a ser alcanzadas a través de medidas de eficiencia energética y de cambios y/o adecuaciones en su infraestructura.
Tales objetivos deberán implicar para el primer año un ahorro en el consumo de energía de mínimo 15% respecto del consumo del año anterior, y a partir del segundo año con metas escalonadas definidas a partir de la auditoria y a ser alcanzadas a más tardar en el año 2022. Para tal efecto, cada entidad deberá destinar los recursos (presupuesto) necesarios para cumplir con tales medidas de gestión eficiente de la energía.



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